Ley del Teletrabajo

ARTÍCULO 5º.- COORDINACIONES PARA EL TELETRABAJO

El empleador establece el medio y las herramientas necesarias para las disposiciones, coordinaciones, control y supervisión para desarrollar el teletrabajo, respetando la privacidad del teletrabajador.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.