Ley del Teletrabajo
ARTÍCULO 5º.- COORDINACIONES PARA EL TELETRABAJO
El empleador establece el medio y las herramientas necesarias para las disposiciones, coordinaciones, control y supervisión para desarrollar el teletrabajo, respetando la privacidad del teletrabajador.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.