Ley del Servicio Civil
ARTÍCULO 67º.- INCORPORACIÓN AL GRUPO DE SERVIDORES CIVILES DE CARRERA
La incorporación al grupo de servidores civiles de carrera se efectúa mediante concurso público de méritos abierto o transversal.
El concurso público de méritos transversal es el proceso por el que se accede a un puesto distinto en la propia entidad o en una entidad diferente y al que sólo pueden postular los servidores civiles de carrera, siempre que cumplan con el perfil del puesto.
El concurso público de méritos abierto es el proceso por el que se accede a un puesto propio de la carrera pública y al que puede postular cualquier persona sea o no servidor civil de carrera siempre que cumpla con el perfil del puesto.
El concurso público de méritos abierto procede:
a) Cuando se requiere cubrir puestos que corresponden al nivel inicial de una familia de puestos.
b) Cuando se produzca una plaza vacante de puestos altamente especializados. El puesto puede ubicarse en cualquier nivel de la entidad convocante.
c) Cuando se trate de entidades nuevas, para cubrir los puestos de todos los niveles organizacionales de la entidad.
d) Cuando resulte desierto el concurso transversal a nivel de todo el Estado.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.