Ley del Servicio Civil
ARTÍCULO 20º.- ALCANCE DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
Están sujetos a evaluación de desempeño los directivos públicos, los servidores civiles de carrera y los servidores de actividades complementarias.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.