Ley que declara de interés nacional la reactivación del sector turismo y establece medidas para su desarrollo sostenible

ARTÍCULO 7º.-

Participación en ferias internacionales de turismo El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a través de Promperú, prioriza la ejecución de acciones de promoción para la participación de nuestro país en las ferias internacionales de turismo, con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al erario nacional.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.