Ley Procesal del Trabajo
ARTÍCULO 96º.- OPORTUNIDAD Y FINALIDAD
Todo Juez puede, a pedido de parte, dictar medida cautelar dentro de un proceso, destinada a asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva.
Son procedentes en el proceso laboral las medidas cautelares que contempla esta ley.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.