Ley Procesal del Trabajo
ARTÍCULO 61º.- TRAMITACIÓN
Se tramitan en proceso ordinario laboral todos los asuntos contenciosos y no contenciosos que son de competencia de los juzgados especializados de trabajo, salvo disposición legal distinta.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.