Ley Marco del Empleo Público
ARTÍCULO 1º.- RELACIÓN ESTADO-EMPLEADO
Es la relación que vincula al Estado como empleador y a las personas que le prestan servicios remunerados bajo subordinación. Incluye a las relaciones de confianza política originaria.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.