Ley que crea el Impuesto Temporal a los Activos Netos

ARTÍCULO 10º.- REGLAMENTO

Dentro de un plazo de quince (15) días hábiles de publicada la presente Ley, el Poder Ejecutivo aprobará por decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el reglamento correspondiente.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.