Ley de Promoción de la Inversión en la Educación
Tercera.-
Por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, se dictarán las Disposiciones Reglamentarias y Complementarias que se requieran para la mejor aplicación de la presente Ley.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.