Ley de Promoción de la Inversión en la Educación
ARTÍCULO 19º.-
Incorpórase como inciso m) del Artículo 19 del Decreto Legislativo Nº 774, Ley del Impuesto a la Renta, el texto siguiente:
“ m) Las Universidades Privadas constituidas bajo la forma jurídica a que se refiere el Artículo 6 de la Ley Nº 23733, en tanto cumplan con los requisitos que señala dicho dispositivo.”
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.