Ley de Promoción de la Inversión en la Educación

ARTÍCULO 15º.-

Incorpórase como inciso j) del Artículo 116 del Decreto Legislativo Nº 774, Ley del Impuesto a la Renta, el texto siguiente:

“Artículo 116.- No están afectas al Impuesto Mínimo:

j) Las Instituciones Educativas Particulares.”

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.