Ley de Promoción de la Inversión en la Educación
ARTÍCULO 15º.-
Incorpórase como inciso j) del Artículo 116 del Decreto Legislativo Nº 774, Ley del Impuesto a la Renta, el texto siguiente:
“Artículo 116.- No están afectas al Impuesto Mínimo:
j) Las Instituciones Educativas Particulares.”
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.