Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta

SEXTA.-

Son de aplicación al Impuesto a la Renta las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 068-92-EF, las cuales mantendrán su vigencia hasta la aprobación del Reglamento del presente dispositivo, en lo que resulten aplicables.

Aplicable hasta la dación del Decreto Supremo Nº 122-94-EF, Reglamento del Impuesto a la Renta (21.09.94).

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.