Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta
DÉCIMO NOVENA.- Retenciones IES, ESSALUD y ONP
Lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 71 de la Ley será de aplicación al pago y retenciones por concepto del Impuesto Extraordinario de Solidaridad, así como a las aportaciones a ESSALUD y a la ONP.
Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 27356 (18.10.00).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.