Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo

ARTÍCULO 68º.- ADMINISTRACIÓN DE LOS IMPUESTOS GENERAL A LAS VENTAS Y SELECTIVO AL CONSUMO

La Administración de los Impuestos establecidos en los títulos anteriores está a cargo de la SUNAT y su rendimiento constituye ingreso del Tesoro Público.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.