Ley de medidas estratégicas y disposiciones económicas y tributarias para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y de la lectura

ARTÍCULO 9º.- CONFORMACIÓN DE GRUPOS DE TRABAJO PARA EL ECOSISTEMA DEL LIBRO Y DE LA LECTURA

El Ministerio de Cultura, en el marco de la participación ciudadana y con cargo a sus propios recursos, conforma grupos de trabajo, entre ellos el Grupo de Trabajo para el Fomento de la Lectura, del Libro y las Bibliotecas, con el propósito de promover el cumplimiento de los fines previstos en la Ley 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, y en el Decreto Supremo 007-2022-MC, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, así como en otras disposiciones de la presente ley.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.