Ley de perfeccionamiento de la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias

PRIMERA. Modificación de los incisos a) y b) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley 28939, Ley que aprueba crédito suplementario y transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2006, dispone la creación de fondos y dicta otras medidas

Modifícase los incisos a) y b) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley 28939, Ley que aprueba crédito suplementario y transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2006, dispone la creación de fondos y dicta otras medidas, en los siguientes términos:

“Artículo 4. Creación de Fondos

4.1 Créanse los siguientes Fondos como actividades en el Ministerio de Economía y Finanzas:

a) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad, cuya finalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial que sean de utilización práctica para el incremento de la competitividad. Las cooperativas agrarias inscritas en el Registro Nacional de Cooperativas a cargo del MIDAGRI que participen en los concursos de innovación que se convoquen, tendrán asignado en la calificación final que obtengan, un 10 % adicional.

b) Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario, cuya finalidad es garantizar los créditos otorgados por las instituciones financieras a los medianos y pequeños productores rurales organizados, a los socios productores agrarios organizados en cooperativas agrarias y a las propias cooperativas agrarias siempre que estén inscritas en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias a cargo del MIDAGRI que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinámicos; así como financiar mecanismos de aseguramiento agrario, ofrecidos a través del Sistema de Seguros, destinados a reducir la exposición de los productores agrarios, tales como comunidades campesinas, nativas, pequeños y medianos agricultores, a riesgos climáticos y presencia de plagas, que afecten negativamente su producción y rentabilidad”.

[…]”.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.