Ley para la Contratación de Trabajadores Extranjeros
TERCERA.-
Los empleadores omisos al trámite de aprobación de contratos de trabajo de personal extranjero deberán regularizar la contratación en un plazo máximo de 60 días, contados a partir del día siguiente de la vigencia de la presente Ley, sin que haya lugar a la imposición de multa por la referida omisión.
De conformidad con la Tercera Disposición Transitoria y Final del D.S. Nº 014-92-TR (23.12.92) el plazo de 60 días por la regularización contemplada se entiende como de días hábiles.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.