Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

Cuarta.

Todos los Sistemas Remunerativos que en la actualidad utilizan como patrón de reajuste el sueldo mínimo, la unidad de referencia u otro similar se adecuarán al Sistema Unico de Remuneraciones a través de la determinación de la respectiva proporción con los niveles de Carrera o la equivalencia de cargo de funcionarios, siempre que dicho sistema haya sido establecido por Ley.

De no haber sido establecidos por Ley, queda sujeto automáticamente a los niveles del Sistema Unico.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.