Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

ARTÍCULO 48º.-

La remuneración de los servidores contratados será fijada en el respectivo contrato de acuerdo a la especialidad, funciones y tareas específicas que se le asignan, y no conlleva bonificaciones de ningún tipo, ni los beneficios que esta Ley establece.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.