Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

ARTÍCULO 10º.-

La Carrera comprende de catorce (14) niveles al Grupo Profesional le corresponde los ocho (8) niveles superiores; al Grupo Técnico, diez (10) niveles comprendidos entre el tercero y el décimo segundo; al Grupo Auxiliar, los siete (7) niveles inferiores.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.