Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa - Mype
SEGUNDA. Declaraciones de interés nacional
a) Se declara de interés nacional el diseño e implantación de una política pública para la formalización, desarrollo y competitividad de la Micro y Pequeña Empresa - Mype, con participación de los representantes de las organizaciones que la comprende.
b) Se declara de interés nacional el otorgamiento de créditos con tasa de interés preferencial a la Micro y Pequeña Empresa - Mype formalizada e inscrita conforme a las disposiciones de la presente ley. El Banco de la Nación puede suscribir convenios con entidades especializadas y asociaciones privadas no financieras de apoyo, a efectos de que el primero le brinde servicios de ventanilla.
c) Se declara de interés nacional la asignación de terrenos de propiedad del Estado, en sus tres niveles de gobierno, para el desarrollo de zonas industriales o parques industriales con la finalidad de fomentar la creación, formalización, desarrollo y competitividad, preferentemente, de la Micro y Pequeña Empresa - Mype iniciado por jóvenes.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.