Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa - Mype

ARTÍCULO 81º.- ROL DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y DE LOS GOBIERNOS LOCALES

81.1. Los gobiernos regionales y los gobiernos locales promueven la inversión privada en la construcción y habilitación de infraestructura productiva, comercial y de servicios, con base en el ordenamiento territorial, y en los planes de desarrollo local y regional, así como la organización de ferias y otras actividades que dinamicen los mercados en beneficio de las Mype. La presente disposición se aplica sin perjuicio del cumplimiento de la normatividad vigente sobre la materia.

81.2. El reglamento establece las normas complementarias para la aplicación de la presente disposición.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.