Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa - Mype
ARTÍCULO 80º.- FUNCIONES
Los consejos regionales y consejos locales promueven el acercamiento entre las diferentes organizaciones de las Mype, entidades privadas y autoridades regionales o locales. Dicho acercamiento ocurre dentro de la estrategia y en el marco de las políticas nacionales y regionales, con las siguientes funciones:
a) Aprobar el Plan Regional o Local de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de las Mype, el cual incorpora las prioridades sectoriales de cada circunscripción, señalando los objetivos y metas que serán alcanzados al Codemype para su evaluación y consolidación.
b) Contribuir a la coordinación y armonización de las políticas y acciones sectoriales de apoyo a las Mype, en los ámbitos regional y local.
c) Otras funciones que se establezcan en el reglamento de organización y funciones de las secretarías regionales o locales.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.