Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa - Mype
ARTÍCULO 14º.- PROFESIONALIZACIÓN DE LOS MICRO Y PEQUEÑOS EMPRESARIOS
14.1. Los institutos de educación superior (IES), escuelas de educación superior (EES) e institutos de educación superior tecnológica (IEST) públicos pueden establecer carreras para la formación técnica y posterior profesionalización de los micro y pequeños empresarios.
14.2. Las universidades públicas, en el marco de su autonomía, funciones y competencias, pueden crear programas de formación que hagan posible la profesionalización establecida en el párrafo 14.1.
14.3. Las universidades públicas, los institutos de educación superior (IES), escuelas de educación superior (EES) e institutos de educación superior tecnológica (IEST) públicos establecen diplomados, programas de formación no profesional, programas de extensión, entre otros, para la profesionalización de los micro y pequeños empresarios.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.