Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa - Mype

ARTÍCULO 11º.- CONSTITUCIÓN EN LÍNEA Y SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE LA MYPE

El Ministerio de la Producción (PRODUCE), el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) implementan un sistema de constitución de Mype en línea, cuyo procedimiento debe concluir en un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.