Ley que equipara la duración del permiso por lactancia de la madre trabajadora del régimen privado con el público

Ley N.º 27591

ARTÍCULO 1º.- MODIFICACIÓN DE LA LEY N.° 27240

Modifícase el párrafo 1.1 del Artículo 1 de la Ley N.° 27240, por el siguiente texto:

“Artículo 1.- Objeto de la ley

1.1 La madre trabajadora al término del período post natal tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que su hijo tenga un año de edad. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral.”

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ARTÍCULO 2º.- IMPLICANCIA EN LA NORMATIVIDAD

Modifícanse o deróganse las normas que se opongan a la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

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Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.