Establecen disposiciones relativas a la inscripción ante el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC y dictan otras disposiciones
ARTÍCULO 1º.- ACCESO AL SERVICIO DE ACERCAMIENTO EMPRESARIAL
1.1. Las empresas inscritas en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC acceden al servicio de Acercamiento Empresarial y adquieren automáticamente la condición de empresa inscrita en este servicio.
1.2. El Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC comparte con el Sistema de Intermediación Laboral - SILNET de la Plataforma Informática del Centro de Empleo la siguiente información:
a) Denominación social de la empresa;
b) Nombre, Documento Nacional de Identidad y correo electrónico del responsable de la obra;
c) Lugar de ejecución de la obra (región, provincia, distrito);
d) Fecha probable de inicio de la obra;
e) Cantidad estimada de trabajadores que laborarán en la obra;
f) La nómina actualizada de los trabajadores comprendidos en la obra de construcción civil que se proporciona en cada actualización trimestral de información.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.