Ley de exclusión o reducción de pena, denuncias y recompensas en los casos de delito e infracción tributaria

ARTÍCULO 20º.-

El Título I del presente Decreto Legislativo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.