Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el Decreto Legislativo N.º 940 al transporte de bienes realizado por vía terrestre
ARTÍCULO 17º.- OTRAS OBLIGACIONES
Lo dispuesto en la presente resolución no modifica las obligaciones tributarias formales y sustanciales a cargo de los sujetos involucrados, las mismas que deberán cumplirse de acuerdo con lo dispuesto por las normas específicas que correspondan.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.