Ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas

ÚNICA. Reglamentación

El Poder Ejecutivo reglamenta la presente ley en un plazo de treinta días calendario contados a partir de su vigencia.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.