Determinan dependencias que tramitarán y resolverán las solicitudes y reclamaciones que se inicien ante las Autoridades Administrativas de Trabajo

Segunda.-

Facúltese al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a emitir las disposiciones complementarias del presente Decreto Supremo.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.