Dictan normas complementarias para la presentación de la Declaración de Predios a que se refiere el D.S. N.º 085-2003-EF
ARTÍCULO 18º.- PLAZOS DE VENCIMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS
Para la presentación anual de la declaración de predios, los sujetos obligados deben considerar las siguientes fechas de vencimiento:
| ÚLTIMO DÍGITO DEL N.º RUC O DOCUMENTO DE IDENTIDAD | FECHAS DE VENCIMIENTO |
| 9 y 8 o una letra | Primer día hábil del mes de junio |
| 7 y 6 | Segundo día hábil del mes de junio |
| 5 y 4 | Tercer día hábil del mes de junio |
| 3 y 2 | Cuarto día hábil del mes de junio |
| ÚLTIMO DÍGITO DEL N.º RUC O DOCUMENTO DE IDENTIDAD | FECHAS DE VENCIMIENTO |
| 1 y 0 | Quinto día hábil del mes de junio” |
Artículo modificado, por el único artículo de la Resolución de superintendencia N.º 130-2015-SUNAT, publicada el 24 de mayo del 2015.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.