Establecen la forma y condiciones para que el sujeto fiscalizado realice la presentación de la declaración a la que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario

ARTÍCULO 8º.- MODIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

La información declarada solo puede ser modificada dentro del plazo referido en el artículo anterior.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.