Aprueban disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras
ARTÍCULO 1º.- DEFINICIONES
Para efecto de la presente resolución se entiende por:
| a) | Banco(s) Habilitado(s) | A la(s) entidad(es) bancaria(s) a que se refiere el inciso f) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT, que dicta medidas para facilitar el pago de la deuda tributaria a través de SUNAT Virtual o en los bancos habilitados utilizando el número de pago SUNAT – NPS. |
| b) | Clave SOL | Al texto conformado por números y/o letras, de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al Código de Usuario o al número del documento nacional de identidad (DNI), según corresponda, otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Línea. |
| c) | Código de Usuario | Al texto conformado por números y letras, que permite identificar al usuario que ingresa a SUNAT Operaciones en Línea. |
| d) | Declaración | A la declaración jurada anual del impuesto a la renta y a la declaración jurada anual del impuesto a las transacciones financieras que grava las operaciones a que se refiere el inciso g) del artículo 9 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía. |
| e) | Importe a pagar | Al monto consignado en las casillas de los formularios virtuales a que se refieren los incisos 1, 2 y 3 del artículo 2 de la presente resolución, denominadas Importe a pagar. |
| f) | Impuesto | Al impuesto a la renta. |
| g) | ITF | Al impuesto a las transacciones financieras que grava las operaciones a que se refiere el inciso g) del artículo 9 del TUO de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía. |
| h) | ITAN | Al impuesto temporal a los activos netos. |
| i) | Ley | Al TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 179-2004-EF. |
| j) | Ley del ITF | Al TUO de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, aprobado por Decreto Supremo Nº 150-2007-EF. |
| k) | Medios de Pago | A los señalados en el artículo 5 de la Ley del ITF, así como a los autorizados por decreto supremo. |
| l) | NPS | Al número de pago SUNAT a que se refiere el inciso e) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT. |
| m) | PDT | Al Programa de Declaración Telemática, que es el medio informático desarrollado por la SUNAT para elaborar declaraciones. |
| n) | Reglamento | Al Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF. |
| ñ) | RMT | Al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta establecido por el Decreto Legislativo Nº 1269. |
| o) | SUNAT Operaciones en Línea | Al sistema informático disponible en la Internet, que permite realizar operaciones en forma telemática entre el usuario y la SUNAT. |
| p) | SUNAT Virtual | Al portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe. |
| q) | APP Personas SUNAT | Al aplicativo desarrollado por la SUNAT que está a disposición en las tiendas virtuales de aplicaciones móviles y que permite a las personas naturales la realización de operaciones telemáticas con la SUNAT, previa descarga e instalación, a través de cualquier dispositivo móvil cuyo sistema operativo permita utilizar alguna o todas sus funcionalidades. |
Inciso q) incorporado por el Artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 039-2020-SUNAT (16.02.2020), vigente a partir del 17.02.2020.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.