Dictan medidas para facilitar la realización de la declaración y el pago de las contribuciones a la seguridad social de los empleadores de trabajadores del hogar, a través de SUNAT Virtual

ARTÍCULO 1º.- DEFINICIONES

Para efecto de la presente resolución se entenderá por:

a) Clave SOL : Al texto conformado por números y letras de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al código de usuario otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Línea.

b) Código de : Al texto conformado por números

Usuario y letras que permite identificar al usuario que ingresa a SUNAT Operaciones en Línea.

c) Empleador(es) : Al(A los) empleador(es) de Trabajadores del Hogar.

d) EsSalud : Al Seguro Social de Salud.

e) Importe a : Al monto consignado en la casilla

Pagar del formulario virtual aprobado por el artículo 2° denominada Importe a pagar.

f) ONP : A la Oficina de Normalización Previsional.

g) SUNAT : Al sistema informático disponible

Operaciones en la Internet que permite reaen Línea lizar operaciones en forma telemática entre el usuario y la SUNAT.

h) SUNAT Virtual : Al Portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección es http:// www.sunat.gob.pe.

Cuando se mencionen artículos sin indicar la norma legal a la que corresponden, se entenderán referidos a la presente resolución.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.