Dictan las normas necesarias para la implementación, organización y funcionamiento del comité revisor a que se refiere el artículo 62-c del código tributario

ARTÍCULO 1º.- OBJETO

La presente resolución de superintendencia tiene por objeto aprobar las normas necesarias para la implementación, organización y funcionamiento del Comité Revisor a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias, así como el procedimiento para que dicho comité emita la opinión sobre la existencia de elementos suficientes para aplicar la norma anti-elusiva general.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.