Texto Único Ordenado del Código Tributario
VIGÉSIMO CUARTA.- Procedimiento de nombramiento y ratificación de miembros del Tribunal Fiscal
El Decreto Supremo a que se hace referencia en el último párrafo del artículo 99º del Código Tributario, deberá ser emitido dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la vigencia de la presente norma.
(Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1113, publicado el 05.07.12).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.