Texto Único Ordenado del Código Tributario
ARTÍCULO 169º.- EXTINCIÓN DE LAS SANCIONES
Las sanciones por infracciones tributarias se extinguen conforme a lo establecido en el artículo 27º.
Concordancias
Decreto Supremo Nº 133-2013-EF (22.06.2013)-TUO del Código Tributario: Artículos 27º, 28º, 40º, 41º y 42º
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.