Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente
ARTÍCULO 5º.- EQUIPOS DE COORDINACIÓN DE TELEMEDICINA EN CÁNCER
Las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS), públicas en coordinación y colaboración con el INEN y EsSalud desarrollan labor asistencial de telemedicina en especial a pacientes beneficiarios de la presente ley, a través de un equipo responsable para el diagnóstico y tratamiento del cáncer.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.