Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos
ARTÍCULO 7º.- ESTRUCTURA ORGÁNICA
7.1. La organización de la Autoridad se rige por la presente norma y por su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Su estructura orgánica básica está compuesta por los siguientes órganos:
a) Consejo Directivo
b) Presidencia Ejecutiva
c) Gerencia General
d) Órgano resolutivo
e) Órgano de control institucional
f) Órgano de defensa jurídica
g) Órganos de asesoramiento
h) Órganos de apoyo
i) Órganos de línea y académico”
7.2. La Presidencia Ejecutiva ejerce la titularidad de la entidad y del pliego.
7.3. La Gerencia General ejerce las funciones de secretario del Consejo Directivo y ejecuta sus encargos y decisiones. Constituye la máxima autoridad administrativa de la entidad. Asume las funciones del Presidente Ejecutivo, en caso de ausencia del Titular.
7.4. La ENAP es el órgano de línea que se constituye en el órgano académico de SERVIR”.
Artículo modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1682( publicado el 02.10. 2024)
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.