Decreto Supremo que aprueba Normas Reglamentarias para el Funcionamiento de las Agencias Privadas de Empleo

Quinta.-

Para el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento a las Agencias Privadas de Empleo, los Gobiernos Locales deben solicitar la constancia de inscripción expedida por el Órgano Responsable del Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo –RENAPE, debiendo ser incorporado este trámite en el Texto Único de Procedimiento Administrativo –TUPA’s de las Municipalidades.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.