Decreto Supremo que aprueba Normas Reglamentarias para el Funcionamiento de las Agencias Privadas de Empleo

ARTÍCULO 16º.- OBLIGACIÓN DE PUBLICAR EL DOMICILIO Y NÚMERO DE INSCRIPCIÓN EN EL RENAPE

Las Agencias Privadas de Empleo indicarán en las publicaciones sobre ofertas de empleo que efectúen por cualquier medio de difusión, el número de inscripción en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo - RENAPE y el domicilio de la agencia.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.