Saltar al contenido
UIT 2026S/ 5,500IGV + IPM18%TIM0.90% mensualRMVS/ 1,230Dólar SunatS/ 3.46701/11Tasa BCRP4.25%sin cambioInflación4.55%anual sep
SUNAT · Informe

Informe N.° 6-2015-SUNAT/5D0000 Nuevo Régimen Único Simplificado – Actividades Comprendidas

Emitido: 9 de enero de 2015

Conclusión

Una persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada cuya actividad económica es la compra y venta de agregados (tales como arena, piedra, hormigón y similares) puede acogerse al Nuevo Régimen Único Simplificado, en tanto cumpla con las condiciones establecidas en la mencionada Ley; no siendo posible dicho acogimiento para el resto de las personas jurídicas, en ningún caso.

Base legal del informe 1 norma

Fuente: SUNAT.