El 1 de mayo está reconocido como feriado nacional para todos los trabajadores, tanto del sector público como privado. Esto implica que, independientemente de las tardanzas o inasistencias que un trabajador haya registrado durante la semana, tiene derecho a percibir su remuneración completa correspondiente a este día.
Triple Remuneración por Trabajar el Feriado
Cuando un trabajador debe prestar servicios durante el feriado, y no recibe un descanso sustitutorio posterior, la ley establece el derecho a una triple remuneración. Este beneficio se compone de tres elementos:
- Primero, el pago normal del feriado, que ya está incluido en la planilla mensual;
- Segundo, una remuneración adicional equivalente a un día de trabajo por haber laborado en fecha feriada; y
- Tercero, una sobretasa del 100% sobre este último pago.
Para ilustrarlo, consideremos a un trabajador con un salario diario de S/.100 diarios (S/3,000 al mes). Si labora el 1 de mayo sin gozar posteriormente de un día compensatorio, recibirá: S/100 por el feriado (incluido ya en su sueldo), más S/100 por el trabajo realizado, más S/100 de sobretasa. Totalizando al mes el monto de S/ 3,200.
Doble Pago con Descanso Sustitutorio
Existe una alternativa para los empleadores que necesiten que su personal trabaje el feriado y deseen evitar el pago triple. Si se otorga un descanso sustitutorio en otra fecha, el trabajador tendrá derecho a una doble remuneración. En este caso, recibirá el pago normal del feriado más un pago adicional por la jornada laborada, pero no se aplicaría la sobretasa del 100%. Siguiendo el ejemplo anterior, el trabajador percibiría S/ 3,100 en total.
Situación Especial: Coincidencia con Descanso Semanal
Un escenario particular se presenta cuando el feriado coincide con el día habitual de descanso del trabajador, que si bien suele ser el domingo puede ser cualquier día de la semana a decisión del empleador y necesidad de la empresa. En estos casos, si el empleado debe trabajar y no recibe descanso compensatorio, tiene derecho a un cuádruple pago. Esto incluye:
- La remuneración por su día de descanso semanal,
- El pago del feriado,
- Más el doble pago por haber trabajado en fecha no laborable (remuneración diaria más sobretasa del 100%).
Así, en nuestro ejemplo de S/100 soles diarios, el trabajador recibiría un total S/3,300 al mes.
El Viernes 2 de Mayo: Disposiciones Especiales
El gobierno ha declarado, hace unas pocas semanas, al viernes 2 de mayo como día no laborable para el sector público, aunque con la importante salvedad de que las horas no trabajadas deberán compensarse en días posteriores. Esta disposición no aplica automáticamente al sector privado, donde la decisión de trabajar o no ese día queda sujeta a negociación entre empleadores y trabajadores.