Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial
ARTÍCULO 18º.- ASOCIATIVIDAD EMPRESARIAL
Las MYPE, sin perjuicio de las formas societarias previstas en las leyes sobre la materia, pueden asociarse para tener un mayor acceso al mercado privado y a las compras estatales.
Todos los beneficios y medidas de promoción para que las MYPE participen en las compras estatales incluye a los Consorcios que sean establecidos entre las MYPE.
Concordancias
Ley N.° 28015 (03.07.03), Artículo 20
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.