Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL

ARTÍCULO 3º.- ÁMBITO DE COMPETENCIA

La Sunafil desarrolla y ejecuta todas las funciones y competencias establecidas en los artículos 3 y 4 de la Ley N.º 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, en el ámbito nacional y cumple el rol de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de conformidad con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las políticas institucionales y los lineamientos técnicos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y de conformidad con lo establecido en la Ley N.º 29981.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.