Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL
ARTÍCULO 28º.- FUNCIONES DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS
La Oficina de Recursos Humanos es la unidad orgánica encargada de administrar los recursos humanos de la Sunafil. Tiene las siguientes funciones:
a. Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Capacitación y Evaluación para el personal del Sistema de Inspección del Trabajo, a nivel nacional.
b. Coordinar con las instancias pertinentes la realización de las acciones para la formación, capacitación y especialización al personal del Sistema de Inspección del Trabajo, a nivel nacional.
c. Elaborar y proponer lineamientos y directivas internas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
d. Desarrollar las actividades referidas al reclutamiento y selección de personal, contratos, registro de asistencia, legajos, planillas de pagos, y demás procesos técnicos relativos a la organización interna de personal.
e. Conducir la gestión del potencial humano, fomentando su desarrollo profesional y bienestar social.
f. Gestionar la seguridad y salud en el trabajo de la Sunafil.
g. Actualizar el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido.
h. Participar en los procesos de negociación colectiva en representación de la Sunafil.
i. Formular el Presupuesto Analítico de Personal - PAP.
j. Gestionar la política remunerativa de la Sunafil.
k. Las demás funciones que le asigne la Oficina General de Administración, en el ámbito de su competencia.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.