Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1401, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial que regula las modalidades formativas de servicios en el Sector Público
ARTÍCULO 19º.- PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
Culminado el concurso público, la entidad pública difunde de manera simultánea los resultados en su portal institucional así como en la plataforma virtual habilitada por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.