Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente - Reglamento de la Ley MYPE
ARTÍCULO 8º.- INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL
Los instrumentos de promoción para el desarrollo empresarial a que se refiere el artículo 11 de la Ley deben orientarse a mejorar la productividad y competitividad de la MYPE, tanto en el mercado interno como externo, evitando que éstas introduzcan distorsiones en el mercado.
El Estado apoya la iniciativa privada que ejecuta acciones de capacitación, asesoría, asistencia técnica y desarrollo de incubadoras de empresas para la promoción de las MYPE.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.