Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
ARTÍCULO 51º.- COBRANZA COACTIVA EN BASE A DECLARACION O DETERMINACION DE OFICIO DEL IMPUESTO
El procedimiento previsto en el segundo párrafo del Artículo 82 de la Ley no enerva la facultad de fiscalización de la SUNAT.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.